Aislamiento en celda y juez de vigilancia: marco, prácticas y desafíos en el sistema penitenciario

Los internos no serán corregidos disciplinariamente sino en los casos establecidos en el Reglamento y con las sanciones expresamente previstas en esta Ley. Las infracciones disciplinarias se clasificarán en faltas muy graves, graves y leves. 2. No podrán imponerse otras sanciones que: a) Aislamiento en celda, que no podrá exceder de catorce días. b) Aislamiento de hasta siete fines de semana. c) Privación de permisos de salida por un tiempo que no podrá ser superior a dos meses. d) Limitación de las comunicaciones orales al mínimo de tiempo previsto reglamentariamente, durante un mes como máximo. e) Privación de paseos y actos recreativos comunes, en cuanto sea compatible con la salud física y mental, hasta un mes como máximo. f) Amonestación. 3. En los casos de repetición de la infracción, las sanciones podrán incrementarse en la mitad de su máximo. 4. La sanción de aislamiento en celda sólo será de aplicación en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del interno, o cuando éste reiterada y gravemente altere la normal convivencia en el centro. En todo caso, la celda en que se cumple la sanción deberá ser de análogas características que las restantes del establecimiento. 5. Al culpable de dos o más faltas se le impondrán las sanciones correspondientes a todas ellas para su cumplimiento simultáneo si fuera posible, y, no siéndolo, se cumplirán por orden de su respectiva gravedad, pero el máximo de su cumplimiento no podrá exceder nunca del triplo del tiempo correspondiente a la más grave, ni de cuarenta y dos días consecutivos en caso de aislamiento en celda. 6. Imagínese pasar 22 horas seguidas en una celda.

Según la Ley Orgánica General Penitenciaria, el régimen cerrado será de aplicación a presos peligrosos o inadaptados a los regímenes ordinario y abierto. Pero, ¿quién decide si un preso es peligroso o está inadaptado? ¿Dónde viven exactamente los presos en aislamiento? El módulo de aislamiento suele estar formado por galerías, cada galería está formada por varias celdas y un patio, que habitualmente está cubierto en su totalidad por una verja metálica. Las galerías son como una caja de resonancia, donde cualquier ruido se escucha y donde el sonido de las puertas de las celdas, eléctricas y metálicas, puede resultar inaguantable. Pero, ¿Cómo vive una persona clasificada en primer grado en una cárcel española?

Las celdas en aislamiento son individuales por lo que la mayor parte del día transcurre en absoluta soledad. Las comunicaciones con el exterior están muy restringidas, pueden comunicar por locutorio (con cristales) una vez a la semana durante cuarenta minutos, y tienen derecho a un vis a vis familiar una vez al mes, cuya duración oscilará entre una hora y media y tres horas. Según el Reglamento Penitenciario, los internos en régimen de aislamiento tienen que tener diseñado un programa de intervención específico que garantice atención personalizada, por equipos técnicos especializados y estables. Es decir, tendrían que tener actividades programadas, cursos y talleres ocupacionales, pero ésta no es la realidad. La realidad es que no tienen absolutamente nada que hacer en todo el día, no existe un programa personalizado como exige la ley, no tienen acceso a la sala de informática, ni al gimnasio, ni actividades educativas o culturales.

diagrama de módulo de aislamiento penitenciario

Pero también a nivel físico, la cárcel amplifica las enfermedades y adelanta la muerte. Hay un mayor número de muertes dentro de prisión en comparación con la población general y una relación directa entre el tiempo de duración de la condena y la probabilidad de enfermar y morir una vez cumplida esta. Por otro lado, el número de suicidios ha aumentado. En 2017 murieron 188 personas en las cárceles del Estado español. Imagínese pasar 22 horas seguidas en una celda.

El régimen de aislamiento es una realidad que afecta a una gran cantidad de reclusos. Según datos de Civio, entre 2020 y junio de 2025, se han producido más de 88.200 sanciones de aislamiento en celda durante este periodo de cinco años y medio. Pero el aislamiento no es solo una sanción. Existen varias tipologías de aislamiento que se pueden dar en prisión. En primer lugar, destaca el artículo 42 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Es la aplicación del aislamiento como sanción. Para faltas graves, esta medida tiene una duración de cinco días (de lunes a viernes). Para faltas muy graves, la sanción puede tener una duración de 6 a 14 días. No obstante, aunque la ONU indica que la sanción de aislamiento no puede superar los 15 días, la legislación española permite una acumulación de estas sanciones que alcance hasta los 42 días. En esos casos, tras alcanzar los 14 días de sanción, se debe producir un descanso para el recluso en la aplicación de este castigo.“Estás 14 días, te sacan un día y te llevan a otro departamento. Y ya, a las 8 de la mañana, vuelves otra vez a aislamiento”, afirma Víctor Peco, un recluso que ha permanecido 30 años en prisión

Sin embargo, el Comité contra la Tortura de la ONU y varios reclusos advierten que esos descansos no se producen con total rigurosidad. “Estás 14 días, te sacan un día y te llevan a otro departamento. Y ya, a las 8 de la mañana, vuelves otra vez a aislamiento. Esto lo pueden hacer hasta tres veces y llegar a los 42 días”, afirma Víctor Peco, un recluso que ha permanecido 30 años en prisión. Incluso, Naciones Unidas sostuvo en un informe de 2023 que ese día o días de descanso se puede ver sustituido con más horas de patio.

También existe el aislamiento del artículo 75 del Reglamento Penitenciario. Está vinculado a las esperas por los traslados de una prisión a otra y a la seguridad de los reclusos. “Puedes estar en un artículo 75 del Reglamento Penitenciario porque tú lo pides, porque el director estima que hay un problema de seguridad, o estás esperando a un traslado”, explica Ana Gordaliza, educadora social en el Centro Penitenciario Madrid III. En 2025, el Ministerio del Interior ha aplicado este artículo 4.405 veces. Aunque las mujeres solo representan el 7,1% de la población penitenciaria, el 28,28% de las afectadas por este tipo de aislamiento en 2025 son reclusas.

Finalmente, está el régimen de primer grado, que cuenta con un módulo propio y cuya duración es indefinida. “Ahí, puedes estar bastante tiempo. Las revisiones en primer grado se realizan cada tres meses. Pero, si tienes sanciones o no acabas de progresar, ahí puedes tener una vida”, recalca Ana Gordaliza. Dentro de este régimen, existen dos modalidades: artículo 91.2 del Reglamento Penitenciario y artículo 91.3. Según Ana Gordaliza, “en el 91.2, puedes realizar algunas actividades comunes. Los internos pueden salir a enfermería, a comunicar al locutorio, pero ellos están en un régimen cerrado. El más restrictivo es el 91.3, en donde pasas mucho tiempo en la celda, sales con muy poca gente (una o dos personas) a los paseos y ya no tienes esas actividades comunes”. Durante el año 2025, Instituciones Penitenciarias documenta 380 aplicaciones del artículo 91.2 y 34 casos relativos al artículo 91.3. “Cada centro penitenciario funciona diferente con el aislamiento. En la primera fase, solo podía salir una hora al día al patio. En la segunda fase, podía salir hasta cuatro horas”, detalla Hicham Nassib, recluso que ha pasado cinco años seguidos en aislamiento

esquema de fases del régimen cerrado en prisiones

Dentro del régimen cerrado y como indica la Instrucción 17/2011 de Instituciones Penitenciarias, puede haber entre dos y tres fases. Pero, el régimen cerrado no es igual en todas las prisiones. “Cada centro penitenciario funciona diferente con el aislamiento. En la primera fase, solo podía salir una hora al día al patio. En la segunda fase, podía salir hasta cuatro horas”, detalla Hicham Nassib, recluso que ha pasado cinco años seguidos en aislamiento y estuvo en el módulo conflictivo de Alcalá Meco. Para Jesús Cursal, que ha permanecido más de 13 años en aislamiento, “la primera fase es la peor. Salíamos de dos en dos y dos horas al día.”

La Regla Mandela 43 sobre el tratamiento de reclusos indica que el aislamiento continuado y prolongado es una forma de tortura. Además, la Regla 45 defiende que el aislamiento “solo se aplicará en casos excepcionales, como último recurso, durante el menor tiempo posible”. Pero, el sistema penitenciario español permite que el régimen cerrado tenga una larga duración. “Tengo casos de gente que lleva 15 años presa y ha estado 10 o 12 de ellos en primer grado. Hay gente que ha salido directamente a la calle desde un primer grado”, destaca Ana Gordaliza. Esta misma experiencia la ha vivido Víctor Peco: “De esos 30 años, estuve en aislamiento entre 17 y 18 años. El periodo más largo e ininterrumpido que he estado en aislamiento son más de 6 años”. Karim Telaoui, que ha permanecido en seis cárceles de España, afirma que conoce a “presos que han estado hasta 30 años seguidos en primer grado en varias cárceles”.

Aunque el Reglamento Penitenciario tipifica las causas por las que se puede sancionar a un interno con aislamiento, varios reclusos denuncian que las razones por las que eran sancionados eran muy leves. “Una vez, me enviaron a aislamiento por robar tabaco”, cuenta Karim Telaoui. Hicham Nassib relata que uno de sus envíos a aislamiento fue directamente provocado por los funcionarios: “Un día, los funcionarios de la prisión de Segovia me provocaron y tocaron mi libro sagrado. Yo les pedí con todo el respeto del mundo que no lo hicieran. Los guardias empezaron a golpearme contra las puertas del módulo y me mandaron a aislamiento hasta que me trasladaron a Palencia.”

Toda sanción de aislamiento conlleva la apertura de un expediente disciplinario y existe la posibilidad de formular alegaciones ante la junta de tratamiento. Posteriormente, se puede presentar un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El artículo 44.3 de la Ley Orgánica General Penitenciaria indica que “la interposición de recurso contra resoluciones sancionadoras suspenderá la efectividad de la sanción, salvo cuando por tratarse de un acto de indisciplina grave la corrección no pueda demorarse”.

juzgado de vigilancia penitenciaria y procedimiento sancionador

Estado de las celdas y condiciones del régimen. Los internos que han pasado por aislamiento denuncian que las celdas no se encuentran en buen estado. Según Víctor Peco, “en la cárcel de El Acebuche (Almería), había ratas en la ducha y cucarachas...” Además, la posibilidad de hacer actividades no es posible en todas las prisiones. Telaoui explica que “tienes prohibido todo. No te puedes comunicar con nadie de otro módulo, no puedes hacer actividades. Cuando vas a la enfermería, vas escoltado por los funcionarios”.

Esos malos tratos en prisiones fueron denunciados recientemente por el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa. Entre enero de 2024 y marzo de 2025, se produjeron 362 denuncias de malos tratos. Para facilitar la reinserción, hay que ofrecer a las personas reclusas trabajo, cursos, formaciones o actividades de estudios. A mí me llama mucho la atención que a una persona que cumple el castigo del aislamiento, se le penalice con tres meses sin trabajar, defiende Flórez.

La salud mental y las adicciones son aspectos centrales. El aislamiento afecta a colectivos vulnerables y, según Belén Flórez, provoca ansiedad, depresión y deterioro cognitivo. “El aislamiento es una medida que se aplica sobre reclusos con problemas de salud mental porque no hay psiquiatras ni médicos en prisiones de forma habitual.” Según el informe de 2024, un 4,9% de los reclusos tiene trastorno mental, aumentando al 6,7% en mujeres.

mapa de distribución de denuncias de maltratos en prisiones

El régimen de aislamiento también afecta a personas con adicciones; Víctor Peco señala que hay un fuerte endurecimiento hacia toxicómanos. En este contexto, la Regla Mandela 45.2 prohíbe expresamente ciertas aplikaciones, y la adopción de medidas debe balancear seguridad y derechos humanos.

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