El accidente “in itinere” es el que se produce al ir o volver del lugar de trabajo. El accidente “in itinere” es el que se produce al ir o volver del lugar de trabajo, debiendo ocurrir en tiempo inmediato o razonablemente próximo a la hora de entrada o salida del trabajo siempre que dicho accidente tenga lugar en el trayecto usual desde el domicilio habitual, sin desvíos para realizar otras actividades. Desde la entrada en vigor de la Ley del autónomo se aplica también a este colectivo.
Qué se entiende como accidente in itinere
¿Qué se entiende como tal?Se considera que existe accidente laboral cuando la salida o retorno es desde el domicilio habitual o de fin de semana, o incluso una segunda residencia o a pesar de que el desplazamiento se haya producido interrupciones.
¿Cuál es su diferencia con el accidente de trabajo común?Las diferencias fundamentales entre el accidente de trabajo que define la LGSS y el accidente in itinere, son las siguientes: En el accidente de trabajo se presume que puede calificarse así siempre que la lesión se haya causado en el lugar y tiempo de trabajo, es decir, que quien pretenda alegar que el accidente no deriva del trabajo debe destruir la relación de causalidad entre el tiempo y lugar de trabajo y la lesión que resulta del mismo. En el accidente in itinere la relación de causalidad no es entre el tiempo y lugar de trabajo y el resultado lesivo sino entre el accidente y el lugar y tiempo de trabajo, y debe quedar acreditado que el trayecto o recorrido utilizado por el trabajador en el momento del accidente puede considerarse lugar y se encuentra dentro del tiempo de trabajo. La segunda diferencia es que la presunción de que existe el accidente de trabajo regulado en la LGSS es una presunción en la que corresponde a la parte que niega la calificación acreditar que el accidente se produjo sin la relación de causalidad legalmente exigida.
Requisitos del accidente in itinere
¿Cuáles son los requisitos del accidente in itinere?La jurisprudencia viene exigiendo, para que exista accidente in itinere, los siguientes requisitos: Que se produzca en el trayecto habitual y normal de recorrido desde el domicilio al lugar de trabajo o viceversa, con la finalidad principal y directa de acudir o volver del trabajo. No se trata sólo de domicilio legal, sino del real e incluso el habitual y, en general, del punto normal de llegada y partida del trabajo pues el elemento determinante no es salir del domicilio o volver a él, lo esencial es ir al lugar de trabajo o volver de trabajar, pues el punto de salida o de llegada puede ser o no el domicilio del trabajador. Por camino se entiende cualquier tipo de vía que se use con normalidad por las personas. Para que se califique de habitual debe constar que es el que utiliza habitualmente accidentado, incluyéndose también aquél recorrido cuya distancia, trayecto o recorrido pueda considerarse extraño. Se considera que el accidente in itinere sólo puede producirse una vez que se ha comenzado el desplazamiento. Así, se considera accidente laboral la caída al bajar las escaleras del edificio donde se habita, una vez traspasados los límites del domicilio, entendiendo por tal el lugar de residencia y no el edificio donde se ubica, puesto que el trayecto no comienza en el portal del inmueble, sino en la puerta de la vivienda. El accidente debe producirse dentro del tiempo que normalmente se invierte en el trayecto; que el recorrido no se altere por desviaciones o alteraciones temporales que no sean normales o que respondan a motivos de interés particular pues en estos casos se produce la ruptura del nexo causal que debe existir con la ida o la vuelta del trabajo.
Idoneidad del medio: El trayecto o recorrido debe realizarse con un medio de transporte normal o habitual. Por lo tanto, trasporte apropiado es el que habitualmente utilice el trabajador o es usual siempre y cuando el trabajador no actúe con imprudencia grave o temeraria o la empresa no lo haya prohibido expresamente.
El accidente in itinere y los autónomos
Resumiendo Debe concluirse que en el accidente in itinere: La parte que alega su existencia debe acreditar la relación entre el trabajo y el accidente. Debe existir conexión domicilio/trabajo. Por domicilio debe entenderse lugar cerrado y privado. El trayecto o recorrido debe ser el habitual o normal, sin interrupciones innecesarias o de carácter privado y debe realizarse sin imprudencia temeraria, no teniendo esta cualidad la simple infracción de normas de tráfico, es necesario que el trabajador sea consciente de que está infringiendo una norma y acepta cualquier peligro que sea consecuencia de dicha infracción.
El accidente in itinere de los autónomos Con la Ley de reforma del Trabajo Autónomo, el accidente ocurrido durante el desplazamiento del trabajador autónomo de ida o vuelta al lugar del trabajo tiene consideración de accidente laboral, siempre y cuando el establecimiento donde el autónomo ejerza habitualmente su actividad no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.
Antes de la llegada de la nueva norma, la Seguridad Social no reconocía el accidente in itinere para el trabajador por cuenta propia. Se trata de una medida que pretende equiparar los derechos de los autónomos con los de los asalariados al menos en coberturas por accidente laboral. El reconocimiento supone el derecho del trabajador por cuenta propia a recibir una prestación por incapacidad laboral en este supuesto siempre y cuando el autónomo cotice por contingencias profesionales.
Procedimiento y derechos de los autónomos
La actividad profesional de un autónomo está llena de altibajos. Por eso es muy importante protegerse de todo tipo de imprevistos. Y es que nadie se libra de sufrir un percance en su trabajo, los autónomos tampoco. Por eso, los seguros de Previsión Mallorquina suponen un apoyo importante para los profesionales autónomos. En este sentido, los autónomos tienen derecho a la prestación por incapacidad temporal. Pero para ello tienen que cumplir una serie de requisitos. Los requisitos para justificar un accidente laboral en el caso de los autónomos son más estrictos que los que se exigen para los trabajadores por cuenta ajena. Documentación que pruebe que has realizado el trayecto: Si viajas en transporte público, conserva el billete o título de viaje.
Desde 2019, todos los profesionales por cuenta propia cotizan obligatoriamente por contingencias profesionales, lo que les otorga una red de prestaciones ante un accidente laboral. Accidente in itinere: Es el que ocurre al ir o volver del lugar declarado fiscalmente como centro de trabajo o de la prestación de su actividad económica. Para que se califique como tal, el desplazamiento debe tener una finalidad determinada por el trabajo, realizarse en el trayecto habitual y normal, y el accidente debe ocurrir dentro de un tiempo prudencial desde el inicio o final de la jornada laboral. En contraste, los autónomos deben demostrar la conexión directa e inmediata entre el accidente y su actividad laboral. Aunque la Ley 6/2017 amplió la protección para los accidentes in itinere de los autónomos, las condiciones para su reconocimiento son más estrictas en comparación con los asalariados.
Lesiones causadas por dolo o imprudencia temeraria del propio trabajador autónomo. Si la conducta fue temeraria, podría romper el nexo causal y descalificar el accidente como laboral. Recibirá el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente. La baja por incapacidad temporal puede durar hasta 365 días, con posibilidad de prórroga de 180 días más, sumando un máximo de 545 días (18 meses). Los autónomos tienen derecho a prestación de baja laboral en caso de accidente laboral. Pero para eso, deben demostrar la relación causal que existe entre el accidente y la situación laboral. Hay que recordar que se entiende por accidente laboral tanto los que suceden en el centro de trabajo como los que se dan de camino al mismo. Para probar el accidente laboral es imprescindible acudir al médico cuanto antes, presentar el parte médico a la Seguridad Social.
Seguimos informando sobre los cambios introducidos en la reforma de autónomos. Con la puesta en marcha de la nueva ley, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el accidente in itinere, ocurrido durante el desplazamiento del trabajador autónomo de ida o vuelta al lugar del trabajo tendrá consideración de accidente laboral. Se trata de una medida que pretende equiparar los derechos de los autónomos con los de los asalariados al menos en coberturas por accidente laboral. El reconocimiento supone el derecho del trabajador por cuenta propia a recibir una prestación por incapacidad laboral en este supuesto siempre y cuando el autónomo cotice por contingencias profesionales. Esta nueva consideración afecta especialmente al cobro y la cuantía de la prestación por incapacidad temporal.
María es una joven emprendedora que, de camino en su bicileta al estudio de diseño de interiores que ha montado recientemente, tiene un percance. En caso de que este accidente in itinere, considerado próximamente de tipo laboral, tenga como consecuencia una incapacidad permanente parcial reconocida la cuantía percibida será el equivalente a la suma de 24 mensualidad de tu base de cotización. A efectos prácticos se entiende como una indemnización que, como tal, se abona mediante un único pago. Si se te reconoce una incapacidad permanente total la prestación será, como norma general, el 55% de la base reguladora de cotización.
Costes y obligaciones de cotización
¿Has oído ya hablar del accidente in itinere para autónomos? Los autónomos son uno de los gremios profesionales que más sufren un siniestro. Debe tenerse en cuenta también la hora, porque no se cuentan aquellas incidencias que puedan darse durante el horario habitual de desarrollo del trabajo cuando se haya comenzado ya la jornada laboral. A partir de esta reforma, los trabajadores autónomos cuentan con cobertura si sufren un siniestro en el trayecto de casa al trabajo y viceversa. Con este cambio se viene a reconocer el derecho que tiene un trabajador por cuenta propia a recibir una prestación por incapacidad laboral, siempre y cuando el autónomo cotice por contingencias profesionales. En cuanto al coste que tiene, el autónomo tiene que pagar siempre la cuota obligatoria correspondiente a la Contingencia Común, con un tipo del 29,9% sobre la base de cotización escogida.
Conclusiones prácticas
¿Te han quedado dudas? Los trabajadores autónomos ya tienen equiparados los derechos con los asalariados en materia de accidentes in itinere. Un accidente in itinere es toda lesión corporal que sufra un trabajador mientras se desplaza desde su domicilio al lugar de trabajo o al revés, del trabajo a casa. El primero, que haya registrado un local, nave, despacho, oficina… como su lugar de trabajo. Muchos autónomos declaran su casa como sede de su actividad laboral, y más ahora que pueden deducirse parte de los gastos del suministro doméstico. La ley citada establece que «el trabajo autónomo tiene en España un destacado protagonismo al servicio de la generación de riqueza y de la actividad productiva y posee un importante peso específico en el mercado de trabajo, y si bien durante los años de crisis experimentó un significativo descenso, ha demostrado una importante capacidad de recuperación y un enorme potencial en cuanto a generación de empleo».
